Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 10/12/2021 06:24
El Peruano / Viernes 10 de diciembre de 2021
NORMAS LEGALES
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DE MINISTROS
Decreto Supremo que aprueba la Estrategia
de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022
para la Prevención de Actos de Corrupción
DECRETO SUPREMO
Nº 180-2021-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 39 de la Constitución Política del
Perú establece que todos los funcionarios y trabajadores
públicos están al servicio de la Nación;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 092-2017PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional
de Integridad y Lucha contra la Corrupción, se aprueba
la citada Política Nacional, de cumplimiento obligatorio
para todas las entidades de los diferentes Poderes del
Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los
diferentes niveles de gobierno;
Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha
contra la Corrupción establece como objetivo general
contar con instituciones transparentes e íntegras
que practican y promueven la probidad en el ámbito
público, sector empresarial y la sociedad civil; y
garantizar la prevención y sanción efectiva de la
corrupción a nivel nacional, regional y local, con la
participación activa de la ciudadanía;
Que, asimismo, a través del Decreto Supremo Nº
044-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan
Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción
2018-2021, se aprueba el referido Plan Nacional, el
cual desarrolla los objetivos de la Política Nacional de
Integridad y Lucha contra la Corrupción y, como parte
de la estrategia de implementación, comprende la Tabla
Nº 11 Modelo de Integridad para las entidades del sector
público, que a su vez, considera como componentes: El
compromiso de la Alta Dirección, Gestión de Riesgos,
Políticas de Integridad, Transparencia, datos abiertos y
rendición de cuentas, entre otros;
Que, en ese mismo sentido, la Política General de
Gobierno para el periodo 2021-2026, aprobada por
Decreto Supremo Nº 164-2021-PCM, establece como
uno de los ejes prioritarios de dicha Política General,
el Fortalecimiento del sistema democrático, seguridad
ciudadana y lucha contra la corrupción, narcotráfico y
terrorismo;
Que, bajo dicho marco normativo y, considerando
que el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la
Corrupción tiene vigencia hasta finales del presente año,
resulta necesario aprobar una Estrategia de Integridad
del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de
Actos de Corrupción, destinada a fortalecer la respuesta
coordinada de todas las entidades pertenecientes al Poder
Ejecutivo, para asegurar el cumplimiento de la Política
Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y
la implementación del Modelo de Integridad para las
entidades del sector público.
De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de
la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1. Aprobación de la Estrategia de
Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la
Prevención de Actos de Corrupción
Apruébase la Estrategia de Integridad del Poder
Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de
Corrupción, la cual consta de diez acciones, priorizadas
en cuatro ámbitos.
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Artículo 2. Finalidad de la Estrategia de Integridad
del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de
Actos de Corrupción
La Estrategia aprobada mediante el artículo
precedente, tiene por finalidad fortalecer la respuesta
coordinada de todas las entidades pertenecientes al Poder
Ejecutivo, para asegurar el cumplimiento de la Política
Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y
la implementación del Modelo de Integridad para las
entidades del sector público. Asimismo, asegurar la buena
marcha de las entidades del Poder Ejecutivo, a través de
la mitigación de riesgos que afectan la integridad pública
y que dan paso a la ocurrencia de posibles actos de
corrupción, así como de faltas administrativas y prácticas
cuestionables.
Artículo 3. Acciones de Estrategia de Integridad
del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de
Actos de Corrupción
La Estrategia del Integridad del Poder Ejecutivo
al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción,
comprende las siguientes diez acciones, priorizadas en
cuatro ámbitos:
A. Para asegurar la probidad e idoneidad en el
ejercicio de la función pública
1) Implementar mecanismos de diligencia debida
para la designación y contratación de funcionarios,
servidores y locadores
1.1 Para la designación de funcionarios y directivos
públicos, las entidades deben observar el cumplimiento
de los perfiles de puestos y actualizarlos según las
normas emitidas por la Autoridad Nacional del Servicio
Civil (SERVIR) para tal efecto; asimismo, establecen
mecanismos estandarizados, incorporando criterios para
verificar la idoneidad técnica y moral del personal, de
manera previa y posterior a su selección. Esto incluye a
los servidores de confianza.
1.2 Para la contratación laboral mediante concurso
público, las entidades establecen protocolos que
aseguren el acceso justo a los puestos públicos y limiten
la participación de áreas usuarias a lo estrictamente
necesario o posibles injerencias de funcionarios o
servidores públicos, asegurando la transparencia y
objetividad del proceso en todas sus fases.
1.3 Para la contratación de locación de servicios,
incluyendo aquellos contratados bajo el Fondo de Apoyo
Gerencial al Sector Público - FAG y como Personal
Altamente Calificado- PAC, las entidades incorporan
cláusulas anticorrupción en los contratos, a fin de aplicar
las consecuencias en aquellos casos que se presenten
omisiones a los principios, deberes y prohibiciones
establecidas en la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de
la Función Pública y en otras normas vinculadas a la materia.
2) Fortalecer capacidades y desarrollar campañas
de información, difusión y sensibilización interna y
externa en materia de integridad pública
Para asegurar el cumplimiento de las disposiciones
en materia de ética e integridad pública, las entidades:
i) aseguran el acceso a mecanismos estandarizados de
inducción y desarrollo de capacidades; ii) incorporan
acciones o actividades en su Plan de Comunicación
Interna; iii) desarrollan actividades de sensibilización al
personal; iv) participan en las estrategias de comunicación
intersectorial sobre la materia; y, v) desarrollan actividades
de difusión dirigidas a la ciudadanía y partes interesadas.
B. Para fortalecer la transparencia y la rendición
de cuentas
3) Asegurar la implementación del Registro
Estándar de Visitas en Línea
Para dar cuenta de las reuniones y actividades
que se producen con participación de los funcionarios,
servidores y de aquellas personas que desempeñan
función pública, incluyendo posibles actos de gestión de
intereses o reuniones en un entorno digital, las entidades
implementan el Registro Estándar de Visitas en Línea