Firmado por: Editora Peru Fecha: 10/12/2021 06:24 El Peruano / Viernes 10 de diciembre de 2021 NORMAS LEGALES PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que aprueba la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción DECRETO SUPREMO Nº 180-2021-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 39 de la Constitución Política del Perú establece que todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 092-2017PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, se aprueba la citada Política Nacional, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno; Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción establece como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que, asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, se aprueba el referido Plan Nacional, el cual desarrolla los objetivos de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y, como parte de la estrategia de implementación, comprende la Tabla Nº 11 Modelo de Integridad para las entidades del sector público, que a su vez, considera como componentes: El compromiso de la Alta Dirección, Gestión de Riesgos, Políticas de Integridad, Transparencia, datos abiertos y rendición de cuentas, entre otros; Que, en ese mismo sentido, la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026, aprobada por Decreto Supremo Nº 164-2021-PCM, establece como uno de los ejes prioritarios de dicha Política General, el Fortalecimiento del sistema democrático, seguridad ciudadana y lucha contra la corrupción, narcotráfico y terrorismo; Que, bajo dicho marco normativo y, considerando que el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción tiene vigencia hasta finales del presente año, resulta necesario aprobar una Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción, destinada a fortalecer la respuesta coordinada de todas las entidades pertenecientes al Poder Ejecutivo, para asegurar el cumplimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y la implementación del Modelo de Integridad para las entidades del sector público. De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1. Aprobación de la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción Apruébase la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción, la cual consta de diez acciones, priorizadas en cuatro ámbitos. 3 Artículo 2. Finalidad de la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción La Estrategia aprobada mediante el artículo precedente, tiene por finalidad fortalecer la respuesta coordinada de todas las entidades pertenecientes al Poder Ejecutivo, para asegurar el cumplimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y la implementación del Modelo de Integridad para las entidades del sector público. Asimismo, asegurar la buena marcha de las entidades del Poder Ejecutivo, a través de la mitigación de riesgos que afectan la integridad pública y que dan paso a la ocurrencia de posibles actos de corrupción, así como de faltas administrativas y prácticas cuestionables. Artículo 3. Acciones de Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción La Estrategia del Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción, comprende las siguientes diez acciones, priorizadas en cuatro ámbitos: A. Para asegurar la probidad e idoneidad en el ejercicio de la función pública 1) Implementar mecanismos de diligencia debida para la designación y contratación de funcionarios, servidores y locadores 1.1 Para la designación de funcionarios y directivos públicos, las entidades deben observar el cumplimiento de los perfiles de puestos y actualizarlos según las normas emitidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) para tal efecto; asimismo, establecen mecanismos estandarizados, incorporando criterios para verificar la idoneidad técnica y moral del personal, de manera previa y posterior a su selección. Esto incluye a los servidores de confianza. 1.2 Para la contratación laboral mediante concurso público, las entidades establecen protocolos que aseguren el acceso justo a los puestos públicos y limiten la participación de áreas usuarias a lo estrictamente necesario o posibles injerencias de funcionarios o servidores públicos, asegurando la transparencia y objetividad del proceso en todas sus fases. 1.3 Para la contratación de locación de servicios, incluyendo aquellos contratados bajo el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público - FAG y como Personal Altamente Calificado- PAC, las entidades incorporan cláusulas anticorrupción en los contratos, a fin de aplicar las consecuencias en aquellos casos que se presenten omisiones a los principios, deberes y prohibiciones establecidas en la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública y en otras normas vinculadas a la materia. 2) Fortalecer capacidades y desarrollar campañas de información, difusión y sensibilización interna y externa en materia de integridad pública Para asegurar el cumplimiento de las disposiciones en materia de ética e integridad pública, las entidades: i) aseguran el acceso a mecanismos estandarizados de inducción y desarrollo de capacidades; ii) incorporan acciones o actividades en su Plan de Comunicación Interna; iii) desarrollan actividades de sensibilización al personal; iv) participan en las estrategias de comunicación intersectorial sobre la materia; y, v) desarrollan actividades de difusión dirigidas a la ciudadanía y partes interesadas. B. Para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas 3) Asegurar la implementación del Registro Estándar de Visitas en Línea Para dar cuenta de las reuniones y actividades que se producen con participación de los funcionarios, servidores y de aquellas personas que desempeñan función pública, incluyendo posibles actos de gestión de intereses o reuniones en un entorno digital, las entidades implementan el Registro Estándar de Visitas en Línea

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