El señor PRESIDENTE.— Bien. ¿Cuál es su situación jurídica, doctor Corrochano? El señor CORROCHANO PATRÓN.— Yo en este momento me encuentro con arresto domiciliario. A mí se me denunció por 2 delitos, bueno, por tráfico de influencias, corrupción de funcionarios y asociación ilícita para delinquir. La denuncia constó de 2 partes: Una era por el haber recibido parte, bueno, haber recibido un honorario profesional del señor Herless Díaz Díaz que era miembro de la banda de “Los Norteños”, parte de ese honorario yo se lo entregué al doctor Vladimiro Montesinos, como he explicado en la ley de colaboración eficaz; y el otro punto de la denuncia era una acusación del señor Carlos Manrique que decía que a mí me había entregado 1 millón de dólares para que yo se los entregará al doctor Montesinos para que lo favoreciera también en su caso judicial. Con relación al primer punto yo me acogí a la Ley de Colaboración Eficaz, detallando los pormenores de este caso y con relación al segundo punto lo negué enfáticamente. A lo largo de las investigaciones se ha podido probar de que no es cierto lo que dice el señor Carlos Manrique, por lo tanto, la propia Fiscalía ha pedido sobreseimiento en cuanto a este extremo se refiere, en lo que es el caso CLAE. Con relación al primer punto, el 18 de enero del presente año fui sentenciado a una pena suspendida de 4 años con 3 años de período de prueba, a una reparación de 300 mil dólares, a una caución de 10 mil, a una multa de 50 mil soles y a la suspensión, por el tiempo que dure la sentencia, del ejercicio de la abogacía. Yo en este momento permanezco aún con detención domiciliaria porque, si bien es cierto que se aprobó la ley de colaboración eficaz, quedó pendiente este tema que le estoy explicando, del caso CLAE, que en los próximos días se está pronunciando el juzgado y la sala también porque se ha apelado la medida, justamente hoy día se ha visto la causa para determinar mi libertad. El señor PRESIDENTE.— ¿Estos dos casos están acumulados o son dos juicios diferentes. El señor CORROCHANO PATRÓN.— No, están acumulados. El señor PRESIDENTE.— ¿O sea, todavía no está usted cumpliendo sentencia, en realidad? El señor CORROCHANO PATRÓN.— Bueno, yo estoy cumpliendo sentencia, desde el 18 de enero cuenta mi sentencia, porque en el acta de colaboración eficaz, este fue un caso bien sui géneris porque procesalmente a mí me debieron haber dado mi libertad el 18 de enero, porque de las dos acusaciones, en la primera se me sentenció con esta sentencia suspendida; y en relación a la segunda en la misma acta se puso que la Fiscalía consideraba de que no había incurrido en delito en el tema relacionado a CLAE, por lo tanto, que se pediría sobreseimiento. Lamentablemente, la jueza que me dictó sentencia ese mismo día salió de vacaciones y no me dio mi libertad. Entró una jueza provisional que era la doctora Mayta, la doctora Mayta no conocía el expediente y consideró que no estaba terminado el caso y que por lo tanto debería permanecer detenido, a pesar de que ya se está diciendo que no hay delito. Entonces, por la recarga procesal el expediente subió a la Fiscalía Superior, más o menos el 20 de febrero recién el fiscal superior evacuó hacia finales de abril el dictamen diciendo que me correspondía mi libertad y la sala tiene que respetar un orden en los expedientes. Entonces, hoy día a las 8 de la mañana se ha visto mi caso para mi libertad. El señor PRESIDENTE.— ¿Tiene familiares que estén procesados por algún delito? -2-

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