Empezaríamos con el texto relativo al Consejo Supremo de Justicia Militar. En primer término
vale la pena sostener que de la asesoría legal hemos tenido oportunidad de conversar el día de
ayer con el doctor César San Martín Castro, que es especialista en derecho procesal penal, y que
ha trabajado temas vinculados a la jurisdicción militar, es profesor de la Universidad Católica y
ha escrito varios artículos sobre la materia.
Él es de la opinión también de que la imputación en materia penal militar tiene que ser
restringida, independientemente de sí hay o no delito de traición a la patria. Considera de que el
argumento de la obediencia debida es un argumento que debe ser consignado, defendido y
alegado precisamente por los imputados y que no correspondería en todo caso a la comisión ni al
ministerio público en materia militar hacer el alegado respectivo en esa orientación.
En esa línea de ideas bastaría pues para efectos de una denuncia por parte de esta comisión que
se levante la imputación y ya en el camino, la propia investigación ante el fuero militar cabrán o
no realizar las alegaciones sobre la materia.
Hemos cumplido también, señor Presidente, con hacer una acotación bastante más exacta en
torno a los sujetos que son materia de denuncia por el delito de traición a la patria, a fin de poder
evitar una ampliación y una sobrecriminalización en este ámbito, consideramos de que la
denuncia hay que dirigirla expresamente contra los miembros del Consejo de Defensa acudiendo
a una cláusula general en la página 1, signada con el número 2, en arábigo, de que ya el propio
Consejo de Justicia Militar tendrá que realizar las investigaciones respectivas para ver si cabe o
no la responsabilidad penal de otros funcionarios del fuero militar.
Consecuentemente, la denuncia se estaría entablando exclusivamente contra los que formaron el
Consejo de Defensa Nacional en las épocas, materia de la imputación penal, por este delito de
traición a la patria vinculado al Código de Justicia Militar.
Otra observación que en el corto plazo no hemos podido integrar es la relativa al cuadro o
sucesión de diversos generales de las fuerzas armadas durante la época materia de la denuncia,
información cuya búsqueda nos encontramos en la actualidad y seguramente podremos
completar en el día de mañana.
Pero eso sería en todo caso la única observación que cabría añadir al texto de esta denuncia para
que si la comisión lo tiene a bien pueda ser presentada a la brevedad posible.
La otra denuncia, señor Presidente, que es la que se presentaría...
El señor PRESIDENTE.— Quizás podríamos quedarnos ahí para ver si hay alguna
observación. Si con eso se da por satisfecho, si se da por satisfecho, yo sería de la idea de que
procedamos a firmar los que estamos presentes, se busquen las firmas de los siguientes y se
agregue el cuadro que se acordó en este sentido.
El congresista Mena, tiene la palabra.
El señor MENA MELGAREJO (PP).— Tenía que cambiarse de fecha para firmarlas. Tiene la
fecha 28 de setiembre, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.— Sí, ese es un tema que habría que resolver, quizás lo puedan
resolver en la oficina de aquí al costado.
Puede continuar, doctor Caro.
El señor CARO.— Señor Presidente, incluso el cuadro podríamos incorporarlo quizá como un
anexo para que coincida el texto de la firma y lo demás.
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